La abogada Gessy Ruiz Díaz, denunció ante la Corte un presunto esquema implementado en el Juzgado Civil de Curuguaty, a cargo de la magistrada Sonia Medina Paredes, al que denomina “mafia de interdictos” y la expedición de “medidas cautelares exprés”. “La mafia de los interdictos es un secreto a voces que hace años los profesionales venimos escuchando, hoy me toca personalmente lidiar con una situación donde la actuación de la jueza es totalmente irregular, que para una parte muestra celeridad y para la otra no, violando incluso los trámites procesales”, enfatizó. En estas disputas por inmuebles están en juego miles de dólares y la Corte debería revisar la actuación de sus magistrados.
Ruiz Díaz, en representación de Isaak Wall Schmidt, presentó la denuncia ante la Superintendencia de la Corte, con relación a dos expedientes concretos: 1) “Isaak Wall Schmidt c/ Abrahan Krahn Wieler s/ Interdicto de recobrar”, 2) “Abrahan Krahn c/Isaak Wall Schmidt y otros s/ Interdicto de Retener”. La letrada explicó que su parte promovió el 2 de febrero pasado el interdicto de recobrar y su contraparte presentó el 5 de febrero el de retener. Este último, sin embargo, fue rápidamente diligenciado por la jueza que incluso otorgó la medida.
Esto es lo que explicó la abogada, en conversación con El Observador Radio-TV.
“Hemos constatado una serie de irregularidades que nos parecieron sumamente llamativas de la actuación que ha gestado esta magistrada Sonia Medina, en el marco de dos interdictos que se han presentado en Curuguaty y por qué tenemos que hacer público esto”, manifestó la abogada.
“Si bien es cierto es un secreto a voces, muchas veces, cómo se realizan maniobras en los interdictos, tanto de retener o recobrar; o sea, el objeto que fuere, y lo que sí hemos constatado a través del acceso que tuvimos que hacer a un expediente del cual no ha sido debidamente notificado en su oportunidad, verificamos que se ha dictado una medida cautelar prácticamente en una forma “exprés”, contrario a lo que había acontecido con otra demanda que nosotros habíamos también dado ya con anterioridad”, añadió.
“Aquí nosotros hemos analizado dos expedientes que básicamente tenían el mismo objeto procesal, cuya tramitación fue totalmente distinta. Esta situación es lo que nos lleva a formular esta denuncia contra la magistrada, siendo que por una parte, como representante en este caso de unos colonos también de la zona de Nueva Durango, nosotros presentamos ya en fecha 2 de febrero un interdicto que recién fue recepcionado formalmente o con providencia en fecha 5, cuando en este caso la adversa sobre el mismo inmueble, en fecha 5 solicita también un interdicto y si es proveído ese interdicto y no así el nuestro Llamativamente también en el marco de ese interdicto de la adversa, la magistrada en tiempo récord ha se ha expedido sobre las medidas cautelares, es más, ese mismo día se ha constituido en el inmueble supuestamente y al día siguiente ya se expide sobre la medida cautelar situación que no había acontecido en nuestro expediente”, enfatizó.
“¿Por qué nosotros consideramos que esto tiene que ser analizado por la Corte?, porque como bien mencioné, lastimosamente esta figura del interdicto es penosamente utilizada de manera maliciosa en contra de las personas que verdaderamente tienen la posesión de la tierra y también me animo a decir que existe todo un negocio detrás de esto. No podemos todavía responsabilizar directamente a esta magistrada sobre esta situación, por eso solicitamos la investigación, pero lo que nos llama la atención es porque antes dos interdictos se tramitan en situación totalmente distinta, se ha dado actuaciones procesales totalmente diversas y con una llamativa celeridad en uno de los casos. Tampoco se tomaron las precauciones y como bien mencioné, aquí estamos hablando de la seguridad jurídica también de las tierras, Carlos, siendo que se manipula o se maniobra o se instrumenta el Poder Judicial para otorgar medidas cautelares que no podrían corresponder en tiempo récord y que según también se puede verificar de las actuaciones, genera una suerte de parcialidad respecto a una de las partes. Por ende, esta situación, que, si bien es compleja, porque se trata de un expediente civil, es la situación por la que muchas partes también pasan en el interior del país con estos interdictos”, dijo Ruiz Díaz.
NEGOCIOS A TRAVÉS DE INTERDICTOS
“Se forman ciertos negocios donde finalmente a través de interdictos se obtienen posesiones irregulares de las tierras y que esta situación no puede ser desconocida por la máxima instancia, porque cuando uno litiga en buena fe se encuentra con este tipo de maniobras, probablemente gestadas, en este caso, por mismos magistrados en contubernio con algunos profesionales de la zona. Entonces, esa situación de desigualdad es la que nosotros queremos que se constate, de por qué en algunos casos sí se analiza en tiempo récord una acción y en otros casos la misma acción tiene un tratamiento totalmente distinto”, explicó la abogada en conversación con El Observador Radio-TV.
-Por un lado, entonces se pide interdicto de retener la posesión, por otro lado, un interdicto de recobrar la posesión.
“Nosotros presentamos un interdicto de recobrar la posesión, incluso nosotros hemos formulado denuncias penales contra las personas que habían ingresado en forma indebida en las tierras de mi representado. En el marco de esas causas penales se ha imputado incluso a la persona que hoy figura como demandada en ese caso, atendiendo que se han ejercido actos de violencia para poder lograr el ingreso a esas tierras. Toda esa situación fue puesta a conocimiento de la magistrada. Eso ya nosotros habíamos presentado en fecha 2 de febrero. El día 3 se recepciona y el día 5 recién se provee esa acción”.
“En cambio, la persona que hoy está imputada por hechos de coacción y también por el ingreso justamente en estas tierras. Su demanda de interdicto de retener las tierras que ha sido obtenida en forma ilegal por parte de esta persona, el mismo día 5 de febrero ya se provee esa misma acción y no solamente eso, sino también se provee el pedido de medidas cautelares”.
“Y en ese mismo día se hace la constitución en el inmueble de mi mandante y al día siguiente esta magistrada en tiempo récord saca una medida cautelar donde se mantiene, donde supuestamente ella ordena se mantenga el cultivo, cultivo que obra dentro de las tierras de mi mandante”.
“Imagínense cómo se manipula y por qué nuestra acción que fue presentada con un tiempo antes, o sea, dos días antes de la otra acción, no tuvo la misma suerte procesal. Y justamente ese mismo 5 de febrero recién se provee nuestra acción”.
“Al contrario, en la acción de la otra parte que está imputada y que también forma parte de los antecedentes que obran en ese expediente prácticamente se provee 1 hora después de haberse presentado y no solamente eso, sino en el mismo día fija en esta constitución, se constituyen en el lugar ese mismo 5 de febrero y al día siguiente ya sale la medida cautelar. Entonces, estas situaciones son estas desigualdades son lo que nos llama la atención del actuar de esta jueza de por qué ante dos situaciones que son presentadas en forma prácticamente análoga, el tratamiento procesal es totalmente distinto”.
UBICACIÓN DEL INMUEBLE
“Bueno, este inmueble se encuentra en la colonia Nueva Durango, la colonia en sí la titularidad de la tierra pertenece a la asociación, pero ellos otorgan a los distintos colonos un certificado de usufructo de la tierra, en el marco de eso mi mandante obtiene un certificado de usufructo del propio titular que fue entregado al colono libre posesión. Este otro colono ingresa en forma violenta, impactando contra los rodados de mi cliente, lo que conlleva que nosotros como representante del poseedor en ese tiempo eh hagamos una denuncia penal por hechos de coacción, amenazas de hecho punible que conllevó justamente a la imputación posterior de esta persona que estaba en ese lugar”.
“Pero él muy tranquilo, porque él también alegaba cierta protección judicial, es lo que nosotros no entendíamos cómo él podía estar en un inmueble que no le pertenece y ahí es donde nosotros como abogados comenzamos a ingresar al sistema para ver si existía algún tipo de demandas. Nosotros corroboramos de que efectivamente este señor había presentado un interdicto en fecha 5 de febrero, ni siquiera la jueza, ni siquiera este juzgado había notificado la existencia de esta acción, ya cuando nosotros exigimos a la magistrada, cuando pedimos la intervención, inicialmente incluso tuvimos trabas para para que nos puedan habilitar en el sistema”.
“Prácticamente eso nos llevó 2 días de que se nos habilite en el sistema porque la misma no quería que nosotros nos enteremos de las actuaciones que estaban siendo tramitadas en ese expediente del cual ellos no nos habían notificado. Recién cuando nosotros nos damos por notificado de ese interdicto es que en horas de la tarde ese juzgado procede a notificarnos la medida cautelar”.
“Para que vean nomás cómo se manejan estos juzgados, que si bien es cierto, ni siquiera nosotros íbamos a poder tomar algún tipo de acción contra estas actuaciones porque ni siquiera se le notificó a mi mandante la existencia de este interdicto de supuestamente de retener la propiedad”.
QUE CORTE INVESTIGUE MODUS OPERANDI
“Entonces, nosotros lo que queremos que la Corte investigue si esto es un modus operandi de cómo actúan estos juzgados en la tramitación de estos interdictos, porque en algunos casos sí se dan en forma rapidísima el dictado de una medida cautelar y en otros casos no más cuando nuestra parte ha agregado toda la documentación que argumenta que mi cliente tuvo la posesión y que se turbó esa posesión a través de actos de violencia que llevaron incluso la imputación del peticionante. Y por qué tampoco no se notificó debidamente a mi mandante la existencia de este interdicto”, refirió la abogada.
“Entonces, toda esa serie de irregularidades lo que nos lleva a tener una posición de que efectivamente podría existir unos negocios que se están en el mismo juzgado en el otorgamiento de medidas cautelares en el marco de interdictos para obtener la posesión ilegítima de las tierras, eso es lo que nosotros queremos que la corte investigue, que no sea el único caso”.
“Hoy hacemos que esta situación tome estado público, pero así también creemos y estamos convencidos de que probablemente sea un modus operandi que gestan en este juzgado de Curuguaty, donde obviamente ante esta desigualdad procesal es dificilísimo que cualquier profesional pueda litigar en igualdad de condiciones”.
MAFIA DE INTERDICTOS Y MEDIDAS CAUTELARES EXPRÉS
-Entonces, haciendo un panorama general, porque es muy importante; pero como vos estás hablando no más de lo que podría ser un esquema o un modus operandi de los juzgados, entonces es importante que la Corte entre a ver esa situación, porque si no es un hecho aislado ahí es mucho más preocupante todavía, doctora. Cuando hablamos de un modus operandi que sería un negocio para operadores de justicia y ahí es más grave aún la situación.
“Lo que pasa que así como también se fue descubriendo, Carlos, la mafia de los pagarés, en este tema también de la mafia de los interdictos es como un secreto a voces que hace años los profesionales venimos escuchando, hoy me toca personalmente lidiar con una situación que para nosotros esta actuación totalmente irregular, donde en una parte sí se muestra celeridad y en otra parte no, violando incluso los trámites procesales. Es que nos lleva a considerar que si no existe un control por parte de la máxima instancia de estas actuaciones que son dadas, nosotros sí podemos llegar a presumir de que sí probablemente es un esquema donde incluso hay profesionales de la zona que están involucrados con los mismos magistrados en la tramitación exprés, en el otorgamiento exprés de medidas cautelares, incluso los documentos que han presentado en este caso de la persona que está demandando supuestamente el interdicto de retener el inmueble, utilizó documentos apócrifos, tampoco no se verificó en qué finca, qué padrón era y pese a ello la la jueza se constituyó en lugar en tiempo récord, como dije, en hora después de haberse dado el planteamiento de la demanda y por qué en nuestro caso sí tardó 2 días y en el caso de ellos tardó una sola hora para poder expedirse sobre la medida cautelar y sobre la tramitación de la demanda”.
“Entonces, obviamente acá hay una mano oscura en esto en la tramitación de estos impedientes y yo no más digo, cómo sería para un profesional tener que lidiar con este las situaciones donde existe una terrible inseguridad jurídica en la posesión de tierras en siendo que situaciones parecidas pueden darse en la tramitación de otro expediente, hablando con otros profesionales de la zona. Esto es prácticamente un día a día y que también obviamente tienen miedo a las represalias, muchos profesionales de la zona, por eso tampoco muchos no tienen no tienen la posibilidad de hacer las denuncias correspondientes. Es por ello que atendiendo otras situaciones que consideramos que tienen que ser analizadas ambos expedientes y por qué en un caso sí se da la celeridad y en otro caso no”. Vía// El Observador






