El Tribunal de Apelaciones, integrado por Arnulfo Arias, José Waldir Servín y Agustín Fernández, alegó que la expectativa de pena de 5 a 15 años de cárcel, son elementos suficientes para denegar medidas menos gravosas para José Alberto Insfrán, procesado por narcotráfico en el marco de la causa A Ultranza Py.
Reiteraron que el argumento de la magistrada Rosarito Montanía, sobre la existencia de peligro de fuga se encuentra justificado para confirmar la prisión del procesado.
«Esta ha descartado la aplicación de medidas menos gravosas a la prisión preventiva, respondiendo al requerimiento del Fiscal y por la expectativa de la sanción, a fin de asegurar el sometimiento del mismo al proceso, a quien se le ha levantado su estado de rebeldía, a fin de la continuidad de los trámites de la causa.-
En cuanto a los agravios del apelante respecto a la forma de control del cumplimiento de la prisión preventiva de su representado; ésta, tiene como fuente la Imputación fiscal, en base a los hechos que pretende investigar y la medida privativa de libertad, resulta indispensable», expresa la resolución de la Cámara de Apelaciones.
Por su parte, sobre las medidas de rigor de la penitenciaría de Emboscada, que fue planteado como hecho nuevo ante el pedido de medidas alternativas a la prisión, el Tribunal de Alzada detalla en el fallo que el Penal cumple con las reglas de conducta para personas privadas de su libertad, consideradas de alta peligrosidad o con supuestos vínculos a organizaciones criminales. «En particular, tal circunstancia no constituye el hecho nuevo requerido por la ley para hacer variar la situación procesal del prevenido», expresa el fallo.
El supuesto narco «pastor» José Alberto Insfrán, es sindicado por la Fiscalía como lavador de dinero y miembro de la asociación criminal liderada por su hermano, Miguel Insfrán, alias “Tío Rico” y Sebastián Marset.