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Patrulla Caminera retira carteles instalados de manera irregular en las rutas

MOPC

í la franja de dominio público.

En principio, el Juzgado de la Patrulla Caminera, mediante la Resolución Nº 460/2024, ordenó el despeje de la Franja de Dominio Público en los tramos Ypacaraí – San Bernardino, San Bernardino – Luque y San Bernardino – Altos.

El Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) anunció que se prevé el retiro de más carteles en otros tramos de forma paulatina.

El mencionado despeje se basa en lo dispuesto en el Artículo 43 de la Ley 5016/14, que prohíbe la colocación de elementos que imiten o asemejen señales de tránsito, así como la instalación de propaganda comercial y construcciones que afecten la visibilidad del conductor.

Las infracciones a este artículo se consideran faltas graves y es por ello que, los propietarios, publicistas y anunciantes pueden enfrentar sanciones penales y civiles. Además, la autoridad competente tiene el poder de realizar los trabajos de retiro necesarios a costa del infractor.

Estos carteles, además de afectar el orden visual, no cuentan con el permiso de la Dirección de Vialidad y en su mayoría publicitan bebidas alcohólicas, en contravención al Artículo 44 de la mencionada ley.

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