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“Solo en el 20% de casos, los jueces de Capital dictan prisión preventiva”

MOPC

Una investigación realizada el año pasado por la Oficina Técnica Penal, dependiente de la Sala Penal de la Corte, reveló que los jueces penales de garantías de Capital, en un 80 por ciento dictaron medidas sustitutivas y en solo 20% aplicaron la prisión preventiva, especialmente en los casos donde hubo reincidencia. Así manifestó la camarista Silvana Luraghi, coordinadora de la referida dependencia judicial. “Las personas ingresan al sistema penitenciario y cuando egresan a través de medida sustitutiva o por cumplimiento total de su condena, en poco tiempo vuelven a reincidir, a recaer en el delito, vuelven a ingresar, es como un círculo vicioso porque hay un problema mucho más profundo…”, refirió la magistrada.

-Y ese trabajo que están haciendo revela que hay mucha aplicación de la prisión preventiva o se puede hablar de que es algo normal o un porcentaje considerable en cuanto a la aplicación de la prisión preventiva por parte de los jueces.

“Tenemos antecedentes de que el año pasado la Oficina Técnica hizo investigaciones del total de ingresos de causas penales, en cuántas de esas causas se aplicaron prisión preventiva y en cuántas medidas alternativas. Y eso reveló de que los jueces penales de garantía en un 80% dictaron medidas sustitutivas y que quedó un 20% en donde se dictan la medida prisión preventiva ya en casos principalmente donde aparecía la problemática de reincidencia”.

“Entonces, como ya es reincidente, ya violó una medida en otro proceso, entonces digamos que no queda otra de que aplicar la prisión preventiva. Nosotros sabemos que existe una problemática de que es como un círculo vicioso. Las personas ingresan al sistema penitenciario y cuando egresan a través de alguna medida sustitutiva o ya por cumplimiento total de su condena, entonces en poco tiempo vuelven a reincidir, a recaer en el delito, vuelven a ingresar, es como un círculo vicioso porque hay un problema mucho más profundo”.

-Para entender, la mayoría de las personas, de los procesados cuyas prisiones decretan los magistrados, ¿es solamente capital o estamos hablando en todo el país?

“Capital, pero el estudio que se hizo fue en Capital. Es el reflejo, siempre Capital así mismo”.

-¿Sería por culpa de la reiteración de los hechos punibles o de los antecedentes que tienen los reclusos?

“Sí, así mismo es, porque lo que se observa cuando se aplica prisión preventiva, si no es crimen y no es una cuestión grave y no se aplica medida sustitutiva, es porque generalmente esa persona ya está violando las medidas sustitutivas que se le impuso en otro proceso penal, está reincidiendo, violando medida; entonces como que no le queda otra al juez que dictar la prisión preventiva de esa persona”.

“Esas son circunstancias que tenemos y que verdaderamente están muy conectadas con los principios de reinserción. Nosotros ahí tenemos un problema grave que a pesar de esfuerzos que se hacen interinstitucionalmente tenemos problemas en cuanto a los programas de reinserción social. La gente regresa del sistema penitenciario y generalmente tiende a recaer en el delito, porque no existe un programa que le habilite a ellos poder trabajar, estudiar y en caso de los adictos a recibir, por ejemplo, atención psiquiátrica, psicológica, un buen tratamiento de rehabilitación, eso es lo que no tenemos, no tenemos”.

“Generalmente estamos viendo que se produce este círculo vicioso de volver a ingresar al sistema penitenciario. Como te dije, es un problema profundo que nosotros estamos trabajando institucionalmente también con el Ministerio de Justicia y con otras instituciones del Estado, que están involucrados en el sistema penitenciario para crear programas de reinserción y poder brindar a estas personas que una vez que salgan del sistema puedan conseguir trabajo o puedan recibir un tratamiento de rehabilitación”.

-¿Se tiene qué porcentaje de los que salen pueden reinsertarse?

“Nosotros tenemos casos muy emblemáticos en los juzgados de ejecución de reinserción, pero son muy pocos, muy pocos. Deberíamos en la gran mayoría, la gran mayoría de condenados y que siguen el régimen penitenciario, que generalmente cumplen en su totalidad su condena. Son muy pocos los que egresan, por ejemplo, por libertad condicional o tienen algún otro tipo de beneficio, ¿por qué? Porque justamente hace falta que fuera del sistema haya instituciones que apoyen a estas personas para que, para conseguir trabajo, para conseguir tratamiento psiquiátrico”.

“Pero también estamos haciendo esfuerzo este año, el Ministerio de Justicia habilitó por primera vez una oficina de asesoría de prueba en alianza con el sector privado para mujeres que egresan del sistema penitenciario y que obtienen libertad condicional”.

– ¿Qué significa esto?

“Que una mujer que obtenga una libertad condicional va a acudir a esta oficina de asesoría de prueba. Ahí hay un equipo multidisciplinario de psicólogos, psiquiatras, asistentes sociales en donde le van a ayudar a las mujeres privadas de libertad a recibir tratamiento, apoyo psicológico, emocional para ella, para sus hijos y también poder conseguir insertarles nuevamente en el campo laboral. Pero eso es por primera vez este año, eso es algo muy novedoso que con el esfuerzo del Ministerio de Justicia se logró, pero solamente va a ser para Capital y Central. Esperemos que más adelante se pueda habilitar para todas las circunscripciones”.

-Esa percepción que se tiene o que se dice o que se comenta de que se aplica en un alto porcentaje de la prisión preventiva por parte de los jueces, se contrapone con la estadística que ustedes encuentran con el trabajo que hacen desde esta oficina.

“Al menos en Capital sí, porque hicimos ese trabajo de poder verificar esas situaciones, incluso también no solamente se dictaron prisiones preventivas eh en un 20% y en unos 80% salidas alternativas, sino también al momento ya de finalizar, hacer la audiencia preliminar, hemos visto que la mayoría de los casos obtuvieron salida alternativa al proceso. Y que lo que fue a juicio ya fue justamente por esta problemática de la reincidencia de que tienen varias causas al mismo momento y no se le pudo ya aplicar otra cuestión que no sea la elevación de la causa a juicio oral y público. Pero sobre el punto tan también este año queremos iniciar un trabajo también de ver un poco que se aplique más la figura de la acumulación de procesos. Existen casos en los cuales una persona está procesada en distintos juzgados y ver la posibilidad de que un solo juez trate el caso de esa persona, de manera tal que si existe la posibilidad de poder acumular jurídicamente esas causas una sola condena o salga un solo procedimiento abreviado en relación a esa persona de manera a descongestionar las audiencias preliminares y ni qué decir los juicios orales y públicos que sabemos también que nuestros tribunales de sentencia en capital y en central se encuentran muy sobrepasados de trabajo”.

-Ahora, otro tema, esto se contradice o se contrapone con lo que la sociedad quiere y exige. Usted, desde el punto de vista de su experiencia, años de trayectoria en la magistratura y ahora en la oficina técnica penal y ese trabajo que están haciendo con los jueces de ejecución en los penales. La gente, la sociedad en sí pide que la mayoría de los procesados vaya a prisión, o sea, porque los hechos más comunes son siempre hurto, robo, hurto agravado, asaltos, entonces, ¿cómo se puede equilibrar eso?, porque la gente pide por un lado que los involucrados en estos hechos punibles vayan a la cárcel, doctora.

“En ese sentido, nosotros los jueces no podemos estar ajenos, digamos, a lo que la sociedad está pasando. Nosotros los jueces no podemos estar en nuestro despacho y decir, bueno, acá no está pasando nada, nosotros sabemos que hay mucha inseguridad pública, hay mucha inseguridad y nosotros tenemos un deber constitucional que es readaptar a las personas, pero también protegerle a la sociedad”.

“Y por eso es que el trabajo de un juez es muy difícil, porque nosotros tenemos que equilibrar la balanza de tratar de trabajar en la readaptación de los condenados, pero no olvidar que también nosotros tenemos el deber de protegerle a la sociedad. Por eso que este trabajo relacionado a la prisión preventiva y a la aplicación de medidas cautelares en el ámbito penal es un trabajo super complejo, porque al momento que nosotros estamos aplicando la prisión preventiva, el juez sabe que la persona está enferma, está adicta, que necesita recibir un tratamiento, que está delinquiendo, porque está cometiendo hechos punibles de violencia familiar porque está con consecuencias de adicciones y dictar la prisión preventiva en esos casos para proteger a la sociedad, se da, se da, pero también el juez en ese momento es consciente de que esa persona tiene que ser ayudada a los efectos de recibir el tratamiento que tiene que recibir”.

Vía// El Observador

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